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KERNET & BATUZ TICKET BAI

El 1 de enero de 2024 todas las empresas de Bizkaia están obligadas a disponer de un software de facturación compatible con BATUZ & TiCKET BAI.

KERNET & BATUZ TICKET BAI

Hay importantes ayudas en caso de actualizar el software en el período voluntario (enero de 2022).

En Araba y Gipuzkoa la exigencia se reduce a adoptar el ticket BAI y los plazos son más cortos.

¿CÓMO SE HA PREPARADO KERNET?

¿ TE PODEMOS AYUDAR?

En Kernet hemos homologado todas nuestras soluciones para que sean compatibles con la nueva normativa.

Además hemos creado Versiones simplificadas de nuestras herramientas de gestión (KiSAT, Odoo y KiDOO) de modo que resulten asequibles para autónomos y Micro Pymes.

Por ello no dude en consultarnos la solución más adecuada a su caso concreto.

SISTEMA BATUZ

¿Qué es Batuz?

BATUZ es una estrategia de control de la tributación de todas las empresas y autónomos sujetos a la normativa de Bizkaia con independencia de su tamaño.
BATUZ lo forman tres componentes:

  • SOFTWARE GARANTE DE FACTURACIÓN TICKETBAI
    Sistema informático de facturación para asegurar la declaración de todas las operaciones de venta realizadas.
  • LIBRO REGISTRO DE OPERACIONES ECONÓMICAS (LROE): MODELOS 140 Y 240
    En los que se declararán los ingresos, gastos y facturas de las personas que realizan actividades económicas. Modelo 140 para personas físicas y Modelo 240 para personas jurídicas.
  • ELABORACIÓN DE BORRADORES DE IVA, SOCIEDADES Y RENTA

Con la información remitida en los modelos 140 y 240, la Hacienda Foral de Bizkaia elaborará a las personas jurídicas y a las personas físicas con actividad económica borradores de declaración de IVA y de Sociedades o Renta.

KERNET & BATUZ TICKET BAI

FECHAS IMPLANTACIÓN

¿Cuándo es obligatorio BATUZ?

BATUZ será obligatorio a partir del 1 de enero de 2024, por lo que en los años 2020 a 2023 deberán realizarse las tareas de adaptación.

Las personas y entidades obligadas a BATUZ deberán utilizar, a partir del 1 de enero de 2024, un sistema de facturación que cumpla los requisitos de TicketBAI.

Otras obligaciones

Además, a partir del 1 de enero de 2024, estas personas y entidades deberán enviar la información de los Libros Registros de Operaciones Económicas. Todo esto en los plazos establecidos en el Decreto Foral 82/2020 por el que se desarrollan las obligaciones tributarias del proyecto Batuz.

El sistema de facturación TicketBAI y la cumplimentación de los Libros Registros de Operaciones Económicas permitirán la asistencia a los contribuyentes, materializando el tercer componente de BATUZ. La elaboración de borradores de IVA a partir de 2024, así como de Sociedades y Renta correspondientes a los ejercicios 2024 y posteriores.

Para quienes se acojan al periodo voluntario incentivado de Batuz a partir del 1 de enero de 2022, las referencias anteriores a 2024 se entenderán hechas a la fecha a partir de la cual se incorporan a Batuz voluntariamente.

INCENTIVOS

¿Qué es la implantación voluntaria incentivada de BATUZ?

La Diputación Foral de Bizkaia trasladará a las Juntas Generales una propuesta para modificar el plazo para la implantación obligatoria de Batuz por parte de las empresas y profesionales del territorio, establecido para el 1 de enero de 2022. La modificación pretende trasladar ese plazo hasta el 1 de enero de 2024 y establecer hasta ese momento nuevos incentivos a la adopción voluntaria del sistema.

Los nuevos incentivos consistirán en una compensación adicional y en la ampliación del plazo de la deducción Batuz. La compensación propuesta será mayor cuanto antes se implante Batuz, y únicamente se podrán beneficiar de ella trabajadores autónomos, microempresas, pequeñas y medianas empresas que implanten Batuz en 2022 y 2023. La adopción voluntaria de Batuz deberá realizarse al comienzo de cada trimestre y para ello será necesario inscribirse en un registro ad hoc que estará disponible en la Sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

Quienes se inscriban en dicho registro deberán cumplir Batuz a partir de la fecha de implantación recogida en la inscripción. Es decir, a partir de dicha fecha deberán:

  • Usar un software garante de facturación TicketBai
  • Llevar un Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE, modelos 140 para personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas o 240 para personas jurídicas) en el que se declararán los ingresos, gastos y facturas de las personas que realizan actividades económicas.

 

Compensación adicional

La compensación adicional consistirá en que las personas que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán, además de la deducción Batuz, de una reducción de su base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023.

La progresividad de la compensación se establecería acorde a la siguiente tabla:

  • Las personas que implanten Batuz desde el 1 de enero de 2022 dispondrán de una reducción del 15% de su base imponible en IRPF o IS en los ejercicios 2022 y 2023.
  • A partir del 1 de abril de 2022, la compensación será del 13% en 2022 y 2023.
  • Desde el 1 de julio de 2022, del 11% en 2022 y 2023.
  • A partir del 1 de octubre de 2022, del 9% en 2022 y 2023.
  • Desde el 1 de enero de 2023, del 5% en 2023.
  • A partir del 1 de abril de 2023, del 4% en 2023.
  • Desde el 1 de julio de 2023, del 3% en 2023.
  • A partir del 1 de octubre de 2023, del 2% en 2023.

Estas compensaciones se aplicarán sobre el rendimiento previo a la aplicación del coeficiente de gastos de difícil justificación en la estimación directa simplificada en el IRPF.  O sobre la base previa a la aplicación de la compensación de las microempresas y a las correcciones en materia de aplicación del resultado en el Impuesto sobre Sociedades.